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Archivos diarios: 26 agosto, 2012

CAMPAÑA RECOLECCIÓN DE FIRMAS RATIFICACIÓN CONVENIO 169 OIT


En un parte de prensa, desde el Conacha se informó a AIM que “no se trata de una iniciativa destinada a promover un plebiscito. Pretende demostrar que el tema excede la voluntad de las organizaciones indígenas y es acompañada por un número significativo de ciudadanos. Además pretende poner en evidencia al Estado uruguayo que ha estado omiso en la materia, a pesar de las recomendaciones internacionales”.

Enrique Auyanet, integrante de la Comisión Honoraria Contra el Racismo, Xenofobia y Discriminación, y Mónica Michelena, delegada por los Pueblos Indígenas de Uruguay ante el Fondo Indígena, ambos representando al Conacha, fueron los dos oradores del evento.

En su oratoria Enrique Auyanet expresó que: “en Uruguay, el Consejo de la Nación Charrúa viene trabajando en pro de su ratificación desde el año 2005, fecha en la que fue acreditado por el ministerio de Relaciones Exteriores”.

Auyanet precisó que se realizaron innumerables entrevistas con los ministerios de Trabajo, Relaciones Exteriores y de Cultura, “sensibilizando y aportando información a las autoridades del Estado.  Como representante del Consejo de la Nación Charrúa ante  la Comisión Honoraria Contra el Racismo, Xenofobia y Discriminación que integramos desde 2007 el tema en su plan de acción, contando con la solidaridad de todos sus integrantes”.

Además, señaló que “nuestro país en los últimos años ha tenido grandes avances en el área de los Derechos Humanos, hace pocos días asistimos a la toma de posesión del directorio de la institución Nacional de Derechos Humanos, institución que refuerza nuestras esperanzas de seguir avanzando en nuestra tarea”.

De qué se trata

El Convenio 169 de la OIT constituye la única herramienta jurídica internacional de carácter vinculante que establece el derecho de los Pueblos Indígenas a autoidentificarse, a administrar sus propias instituciones, definir sus prioridades de desarrollo y participar en las políticas que les vayan a afectar.

El espíritu de consulta y participación constituyen la piedra fundamental del mencionado convenio sobre el cual se basan la mayoría de sus disposiciones. Promueve que los pueblos indígenas sean consultados en relación a los temas que los afectan. También exige que estos pueblos puedan participar de manera libre, previa e informada  de los procesos de desarrollo y formulación de políticas públicas. La consulta debe hacerse de buena fe, con el objetivo de llegar a un acuerdo y a través de sus instituciones representativas.

“Sin lugar a dudas, considero que la ratificación del convenio 169 de OIT será para nuestro país un logro más en la profundización de los Derechos Humanos y para la Nación Charrúa la posibilidad efectiva de acceso a la justicia”.

Por su parte, Mónica Michelena dio las razones por las cuales Uruguay debe de ratificar dicho convenio y destacó que “porque es una deuda histórica colectiva no sólo del Estado uruguayo sino de todo su pueblo, y a una deuda colectiva se la debe saldar colectivamente. Nos intentaron exterminar a través de un genocidio, nos sacaron nuestros territorios, nos quitaron nuestra cultura, nos robaron nuestra identidad y hoy nos siguen negando a pesar de nuestra lucha por visibilizarnos”.

La dirigente manifestó que “Uruguay tiene población indígena, reconocida por el  Instituto Nacional de Estadística y Censo dentro de sus censos y encuestas oficiales. Según las Encuestas de Hogares, la población que se auto identificó con ascendencia indígena pasó de un 0,4 por ciento en 1996  a un  3,8 por ciento en el 2006. Por otra parte según datos preliminares arrojados por el Censo Nacional del 2011, otorgados por el Instituto Nacional Estadística, un 4,9 por ciento de la población uruguaya, que equivale a 159.324 personas, afirman tener ascendencia indígena”.

En el año 2005, la doctora Sinthia Pagano obtuvo el Premio Nacional de Medicina por un estudio genético de la población uruguaya, en el cual se obtuvo que un 38 por ciento de la población uruguaya tiene origen amerindio. Además de acuerdo a estudios genéticos y estimaciones realizadas por la Antropóloga Biológica Mónica Sans de la Udlar la ascendencia indígena a nivel nacional podría situarse en alrededor del 40 por ciento.

Michelena  explicó también que “desde ciertos organismos, Uruguay reconoce a sus Pueblos Indígenas. Si bien Uruguay ha suscrito la Declaración de Naciones Unidas sobre los derechos de los Pueblos Indígenas, el problema es que no reconoce aún constitucionalmente a los Pueblos Indígenas que habitan en su territorio. No existe en la  Constitución uruguaya un reconocimiento de  la preexistencia étnica de los Pueblos Indígenas en el territorio del país,  ni tampoco se reconoce en ella el carácter multiétnico de su población. No figuran en ella ninguno de los derechos colectivos de los Pueblos Indígenas (autonomía, libre determinación, territorio, cultura) ni tampoco figura  el derecho a la titulación  colectiva de tierras y territorios”.

Dijo además que “la incoherencia está planteada por el hecho de que desde ciertos organismos se ha hecho un reconocimiento a las organizaciones indígenas, dado que Uruguay ratificó el Convenio Constitutivo del Fondo Indígena y pasó a formar parte de él en abril de 2005, como miembro pleno y activo, acreditando a su delegado indígena desde entonces. Otro espacio institucional en el que también estamos siendo reconocidos es en la Comisión contra la Discriminación, Racismo, Xenofobia y toda otra forma de discriminación, comisión que depende de Presidencia de la República y del ministerio de Educación y Cultura”.

Por otra parte, Uruguay ha reconocido su identidad indígena a través de la aprobación de la ley 18.589 que declara al 11 de abril como día de la Nación Charrúa y de la Identidad Indígena. En un marco histórico esta fecha refiere al día en que el Estado uruguayo perpetró el genocidio a la Nación Charrúa.

“Considero que tanto las firmas, como las cartas de adhesiones y apoyo a la ratificación de organizaciones a nivel  internacional y la intervención del Relator Especial sobre los Derechos de los  Pueblos Indígenas puede tener una efectiva y real incidencia frente al Estado uruguayo para que éste ratifique el Convenio 169 de la OIT y reconozca nuestros derechos colectivos en la Constitución uruguaya”, explicitó Michelena.
Fuente: Conacha

 
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Publicado por en 26 agosto, 2012 en Apoyo, Comisión Prensa y Propaganda, Historia, Informacion de interes

 
 
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