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CONSEJOS DE SALARIOS: LA MONEDA ESTÁ EN EL AIRE

15 May

El Instituto Cuesta-Duarte del PIT-CNT elaboró un documento en el cual impulsa entre los delegados a los Consejos de Salarios varias pautas no salariales a ser incluidas en los convenios colectivos. Producto de un Taller realizado el viernes 4 del corriente mes, en el cual participaron los delegados que protagonizarán las negociaciones tripartitas en representación de las distintas organizaciones sindicales, se reclamará la formación profesional y la capacitación de trabajadores (…), una perspectiva de género (…) y la salvaguarda del empleo a incorporarse en los laudos o convenios colectivos.

“La formación y capacitación es un derecho de toda persona, así es reconocido como parte del derecho de toda persona, así es reconocido como parte del derecho constitucional a la educación, en diversas normas que propenden al acceso a la educación y la formación técnica y obrera de las personas. Siendo un derecho laboral inespecífico, es un derecho humano fundamental que debe ser reconocido en la relación de trabajo. La capacitación para el trabajo es fundamental para la sociedad en su conjunto y para el empleador es un instrumento económico para acceder a trabajadores calificados, en virtud de que repercute directamente en la calidad y productividad”, se indica.

A la hora de hablar de los programas a desarrollar se recuerda en el documento que el Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional (Inefop) cofinancia los cursos y las empresas nacionales o extranjeras que aporten al fondo de reconversión laboral puede presentar sus propuestas acompañadas de un acurdo de capacitación entre la empresa y una organización de trabajadores. De ahí la importancia de plasmar en el convenio colectivo una cláusula de formación profesional y capacitación

Como ejemplo se recuerda que el Sunca incorporó una cláusula de formación en su último convenio colectivo, que sirve de modelo a los efectos de instrumentar cláusulas de este tipo en los distintos convenios de los Consejos de Salarios.

Se propone una “perspectiva de género, hacia 100% de acuerdo s con cláusulas de género y mejora en aplicación, cláusulas de corresponsabilidad, cuidados y armonización del trabajo con la vida familiar”. A esto se le agrega el reclamo de la difusión y el respeto de la ley 19.580, artículo 40. Se propone, además, la licencia por interrupción del embarazo voluntario o aborto espontáneo. También se establecen criterios para quienes cuenten con menores a cargo.

El tercer y último punto sugiere que “durante la vigencia del presente acuerdo, toda modificación que pueda implicar reducción de los puestos de trabajo, sea por incorporación de tecnología, reestructura o cualquier otra causa, deberá ser previamente objeto de negociación entre las partes involucrada. A tales efectos las partes deberán capacitarse previamente y en forma conjunta para adquirir las herramientas que les permitan logar un buen relacionamiento, a efectos de alcanzar acuerdos sobre estos temas.

Participaron en la redacción del documento final: Ana laura Alonso, Vanessa Bustamante, Amelia Da Cunha, Arturo Ferrizo Izmendi, Rosario Landri, Gabriel Salsamendi, Jacqueline Verges y Héctor Zapirain.

Acceda al documento completo aquí

 
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Publicado por en 15 mayo, 2018 en Comisión Prensa y Propaganda

 

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