A partir del 1º de abril de 2024, entrará en vigencia un nuevo régimen de licencias médicas para los funcionarios y funcionarias públicos de acuerdo con la Ley Nº 20.075 del 20 de octubre de 2022, aprobada en la Rendición de Cuentas de ese mismo año.
Este nuevo régimen establece que los empleados públicos tendrán derecho a un máximo de nueve días hábiles de licencia remunerada por enfermedad al año. A partir del décimo día, tendrán derecho a percibir un subsidio que oscilará entre el 75% y el 100% de su remuneración.
El nuevo régimen de licencias médicas será aplicable a los funcionarios y funcionarias que desempeñen tareas en el Poder Ejecutivo (salvo quienes se encuentren en misión en el extranjero), en el Poder Judicial (salvo Magistrados y Defensores Públicos), en el Tribunal de Cuentas, en la Corte Electoral, en el Tribunal de lo Contencioso Administrativo y en los Servicios Descentralizados (con excepción del escalafón N de la Fiscalía General de la Nación).
Los días de licencia remunerada se generarán el 1º de enero de cada año y podrán ser utilizados de forma alternada o consecutiva hasta el 31 de diciembre del mismo año. A partir del décimo día de ausencia por enfermedad, el funcionario tendrá derecho a percibir un subsidio que cubrirá entre el 75% y el 100% de su remuneración.
Se recomienda consultar los documentos oficiales para obtener información más detallada sobre este nuevo régimen de licencias médicas y sus implicaciones específicas.
Subsidio por enfermedad para personal del sector público – SENF: Guía práctica de aplicación
Es aplicable a todas las personas que presten funciones en relación de dependencia en el Poder Ejecutivo -salvo funcionarios diplomáticos del servicio exterior que se encuentren en misión en el extranjero-, Poder Judicial -salvo Magistrados y Defensores Públicos- Tribunal de Cuentas, Corte Electoral, Tribunal de lo Contencioso Administrativo, Servicios Descentralizados -salvo escalafón N de la Fiscalía General de la Nación-. (Ley N°20.075, Art. 13 y arts. 2 al 4 del Decreto 224/023).
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Instructivo N° 3/2024: Licencia y subsidio por enfermedad para funcionarios públicos
Artículos 13 a 29 Ley N° 20.075 del 20 de octubre de 2022. Decreto Nº 224/023 del 21 de julio 2023.