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HOY ES EL DÍA – 13 de OCTUBRE – NUESTRO DIA


EN El MTOP CELEBRAMOS HOY EL DIA DEL FUNCIONARIO

foto mtop

Las dependencias del Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) de todo el país permanecerán cerradas en esta jornada, con motivo de la celebración del Día del Funcionario de esa secretaría de Estado.

Trabajador MTop

Un poco de historia

Con la siguiente Ley N° 13.279 se consigue el DIA DEL TRABAJADOR VIAL

SE ESTABLECE EL DIA 13 DE OCTUBRE DE CADA AÑO PARA LOS FUNCIONARIOS DE LA DIRECCION DE VIALIDAD.

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:

Artículo 1°.

Establécese el día 13 de octubre de cada año, como el día del trabajador vial. Dicho día no será laborable para los funcionarios de la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas y los mismos percibirán el jornal íntegro en tal oportunidad.

Artículo 2°.

Comuníquese, etc.

Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 8 de setiembre de 1964.

Siendo eliminada por la DICTADURA MILITAR hasta que con la Ley 18.032 se logra nuevamente tener nuestro DIA no como trabajador Vial sino a nivel de todo el MTOP.:

Ley Nº 18.032

DÍA DEL FUNCIONARIO DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE

Y OBRAS PÚBLICAS

SE ESTABLECE EL DÍA 13 DE OCTUBRE DE CADA AÑO

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo 1º.- Establécese el día 13 de octubre de cada año como el día del funcionario del Ministerio de Transporte y Obras Públicas en todo el territorio nacional.

Artículo 2º.- Dicho día será considerado no laborable para los mencionados funcionarios.

Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 3 de octubre de 2006.

RODOLFO NIN NOVOA, Presidente. Hugo Rodríguez Fillipini, Secretario.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Montevideo, 9 de octubre de 2006.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y

Decretos.

TABARÉ VÁZQUEZ. JORGE BROVETTO.

Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.

SALUD COMPAÑEROS Y DISFRUTEN NUESTRO DIA!!!

 

 

 

 
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Publicado por en 13 octubre, 2014 en Comisión Prensa y Propaganda

 

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HOY ES EL DÍA – 13 de OCTUBRE – NUESTRO DIA


EN El MTOP CELEBRAMOS HOY EL DIA DEL FUNCIONARIO

 

Un poco de historia

Con la siguiente Ley N° 13.279 se consigue el DIA DEL TRABAJADOR VIAL

SE ESTABLECE EL DIA 13 DE OCTUBRE DE CADA AÑO PARA LOS FUNCIONARIOS DE LA DIRECCION DE VIALIDAD.

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:

Artículo 1°.
Establécese el día 13 de octubre de cada año, como el día del trabajador vial. Dicho día no será laborable para los funcionarios de la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas y los mismos percibirán el jornal íntegro en tal oportunidad.

Artículo 2°.
Comuníquese, etc.

Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 8 de setiembre de 1964.

Siendo eliminada por la DICTADURA MILITAR hasta que con la Ley 18.032 se logra nuevamente tener nuestro DIA no como trabajador Vial sino a nivel de todo el MTOP.:

Ley Nº 18.032

DÍA DEL FUNCIONARIO DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE
Y OBRAS PÚBLICAS

SE ESTABLECE EL DÍA 13 DE OCTUBRE DE CADA AÑO

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo 1º.- Establécese el día 13 de octubre de cada año como el día del funcionario del Ministerio de Transporte y Obras Públicas en todo el territorio nacional.

Artículo 2º.- Dicho día será considerado no laborable para los mencionados funcionarios.

Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 3 de octubre de 2006.

RODOLFO NIN NOVOA, Presidente. Hugo Rodríguez Fillipini, Secretario.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Montevideo, 9 de octubre de 2006.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y
Decretos.

TABARÉ VÁZQUEZ. JORGE BROVETTO.

Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.

SALUD COMPAÑEROS Y DISFRUTEN NUESTRO DIA!!!

 
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Publicado por en 13 octubre, 2013 en Comisión Prensa y Propaganda

 

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A profundizar “la distribución de la riqueza” YA!!!


PIT-CNT

Treintena de leyes laborales aprobadas entre 2005 y 2011

En los últimos seis años de gobierno, se igualó la promulgación de leyes laborales al período de principio del siglo pasado, en pleno desarrollo industrial.

Prolífico Parlamento. PIT-CNT reclama ahora profundizar “la distribución de la riqueza”

Unas 30 leyes laborales fueron puestas en vigencia. Algunas sin antecedente histórico, como la de 8 horas de trabajo para el trabajador rural. Entre el año 2005 y el 2011, los dos gobiernos que administraron el país en ese período promulgaron unas 30 leyes vinculadas al ámbito laboral. Esa producción de tres decenas de normas legales relacionadas a regular el sistema de trabajo y a quienes dependen de él, “solo es comparable al período de los gobiernos en los que estuvo al frente el “Pepe” Batlle”, a principio del siglo pasado, valoró el coordinador del PIT-CNT Fernando Pereyra, ante una consulta del diario LA REPÚBLICA.

El dirigente de la central de trabajadores valoró como “altamente satisfactoria” la producción y promulgación de iniciativas legislativas por las cuales Uruguay se pone a tono en cuanto a los derechos de los trabajadores. Pereyra sostuvo que ahora resta profundizar “la distribución de la riqueza” mediante un plan que lleve a que “haya que tocar a los que más tienen para darle a los que menos poseen”.

Adelantó que la estrategia será continuar con los reclamos de los trabajadores referidos a “una mejor distribución de los ingresos” a fin de superar el escenario que persiste aún y que está vinculado a una masa laboral de personas que perciben, como promedio, unos 10 mil pesos por mes.

Ayer, desde el gobierno se confirmaba la noticia de que en los últimos días del pasado año, el Poder Ejecutivo promulgaba y convertía en ley cuatro iniciativas referidas a regular el ámbito laboral.Estas son la integración del Consejo Superior Tripartito; la adecuaciones del Fondo de Cesantía y Retiro en el sector de la Construcción; el descuento proporcional sobre la prima por presentismo generado por la realización de huelgas y la regulación del régimen laboral de trabajadores dependientes de edificios.

El subsecretario del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Nelson Loustaunau, comentó que la nueva integración del Consejo Superior Tripartito determina que todas las delegaciones estarán ahora representadas por igual número de personas. La nueva ley establece delegaciones de seis personas por cada área. Pereyra recordó que esa ley surgió de una propuesta del diputado nacionalista Carmelo Vidalín.

“Fue una buena iniciativa y nosotros la apoyamos calurosamente”, señaló.Hasta antes de vigencia de la ley, el CST estaba integrado por nueve delegados del Poder Ejecutivo, seis de los trabajadores y seis de los empleadores. La otra ley vigente en este 2013 es la referida a la deducción de la prima por presentismo que elimina la posibilidad de que cuando el trabajador se adhería a medidas de huelga, se entendía por parte del empleador que esa ausencia afectaba el presentismo de todo el mes y no del día en el que se realizaba la medida sindical. “Es una ley que establece justicia y elimina la arbitrariedad”, destacó Pereyra.

En el último conflicto en el sector metalúrgico, esa disposición generó serias controversias entre las partes. Ahora, la ley interpreta que al trabajador que realiza un paro, el descuento deberá ser proporcional al tiempo paralizado y no por todo el mes. La tercera norma promulgada refiere a la regulación del horario laboral para los trabajadores que desempeñen tareas de portería, limpieza, vigilancia, ascensorista, cuidador de garage, sereno, jardinero, encargado de edificio, conserjería, turnante o mucama. Establece un régimen laboral de 44 horas de trabajo con 36 horas consecutivas de descanso.

Y la cuarta promulgada recientemente afecta al Fondo de Cesantía y Retiro de la Construcción (Focer). En la industria de la construcción es común que se contratara trabajadores a término sin que ello obligara a las empresas a indemnizarlos una vez que termina su contrato. A través de este Fondo, los trabajadores una vez finalizado su contrato pueden acceder a una indemnización.

 
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Publicado por en 13 enero, 2013 en Apoyo, Comisión Prensa y Propaganda, Consejo Directivo, Difusion, General, Gobierno, Mesa Representativa de A.FU.SEC., Negociación colectiva, Noticias, Reinvindicaciones, Resolución de Asamblea, Sindicato

 

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