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COMISIÓN DE PRESUPUESTOS INTEGRADA CON LA DE HACIENDA.
Sesión del día 2 de agosto de 2013
Asiste la Oficina Nacional del Servicio Civil y asesores del Ministerio de Economía y Finanzas y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
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Solicitud de AFUSEC a la ADMINISTRACIÓN de Copia de MANUAL de FUNCIONES enviado a ONSC, la OPP y la CGN.
Oficina de Sumarios en órbita de ONSC
Será el «germen de la abogacía del Estado»
El Poder Ejecutivo pondrá en funcionamiento una Oficina de Sumarios en la órbita de la Oficina Nacional del Servicio Civil (ONSC) y realizará los sumarios a funcionarios de la Administración Central.
«No está en esta ley (de nuevo estatuto de funcionario público) pero la ONSC está trabajando en una Oficina de Sumarios», informó el director de ese organismo y hombre de confianza del presidente José Mujica, Homero Guerrero.
«La idea es que en todos los ministerios se haga la instrucción y la parte de la investigación administrativa y el sumario se haga en la ONSC. Esto lo he conversado con el presidente y algunos ministros», dijo.
Agregó que la ONSC «va a hacer toda la parte de sumarios después que el jerarca lo dispone y luego que termina el sumario que se dispone algo vuelve para el jerarca sancione si así se define».
Según Guerrero, esta Oficina de Sumarios, es «el germen de aquello que se llamó la abogacía del Estado y que se habló mucho de hacerla». «Siempre hubo la idea de juntar en un solo organismo la abogacía del estado. Esto es el germen de eso», afirmó.
«Cuando el sumario lo realizan compañeros del mismo inciso pueden pasar dos cosas, o que por amistad sale mal o por enemistad sale mal. Lo ideal es una Oficina de Sumarios que sea independiente y de ahí creemos que el proceso va a ser mucho mas garantista, rápido y ágil», sostuvo Guerrero.
«De ahí que decimos que los tiempos de destitución y sanción van a ser más cortos, porque los vamos a controlar desde la ONSC sin la burocracia que tiene cada ministerio», expresó.
Acotó Guerrero que no se necesita ley para crear esta oficina que «se va a instrumentar» y «poner a funcionar el año que viene», ya que «políticamente está hablado y a todos les ha parecido bien». La subdirectora de la ONSC Elena Tejera, señaló que de esta forma «se unifican criterios a la hora de sancionar, ya que hay diferentes en los ministerios».
TAREAS. Un cambio incluido en el proyecto de estatuto de funcionario público es que se rompe con el esquema de que toda tarea de carácter permanente tiene que ser hecha por funcionarios presupuestados.
Los asesores de Guerrero indicaron que el concepto es que el funcionario debe ser un núcleo que le da continuidad institucional a las organizaciones, pero que en determinado momento para hacer tareas similares puede contratarse personas porque el volumen de trabajo cambió o por otras razones.
Suprimieron 1.127 cargos jerárquicos en ministerios
Créditos. Serán reasignados en los incisos que pierden estos puestos de conducción
El presidente José Mujica decretó la supresión de 1.127 cargos presupuestados y funciones vacantes en la Administración Central. Todos los cargos que se suprimen corresponden a personal jerárquico.
El decreto presidencial tiene fecha 30 de agosto y suprime puestos vacantes en el escalafón de Conducción en los incisos 02 a 15 del Presupuesto.
El crédito generado por la supresión de estas vacantes no volverá a Rentas Generales, sino que será reasignado en el ministerio al que estaba asignado el cargo que desaparece, para financiar tareas transitorias que se encomienden a funcionarios presupuestados.
Varias autoridades del Poder Ejecutivo venían trabajando desde hace meses en la redacción de este decreto, que aplica la ley de Presupuesto y otra posterior de 2011, dijeron fuentes de gobierno a El País.
El decreto señala que los ministerios contarán con un plazo de hasta 60 días, a partir de la fecha de publicación de la norma, para solicitar a la Contaduría General de la Nación «los ajustes que fueran indispensables a la nómina contenida en el anexo adjunto».
Esta solicitud deberá estar acompañada de un informe previo y favorable de la Oficina Nacional del Servicio Civil (ONSC).
El decreto autoriza a la Contaduría General de la Nación (CGN) a «reasignar los créditos presupuestales correspondientes a los cargos y funciones suprimidas por aplicación del artículo 56 de la ley de Presupuesto Nacional de 2010».
El texto señala que debe reasignarlo «a un objeto de gasto específico con destino al financiamiento de funciones transitorias que se encomendarán a funcionarios presupuestados de las Unidades Ejecutoriadas de los incisos a los que pertenecieran los cargos y funciones suprimidas».
El Ministerio de Defensa Nacional es la secretaría de Estado que más cargos vacantes suprime: 477. Le siguen el Ministerio de Educación y Cultura (187); Ministerio de Economía y Finanzas (147); Presidencia de la República (66); y Ministerio Ganadería, Agricultura y Pesca (49), entre los que más cargos eliminan. Entre los cargos suprimidos, hay médicos, contadores, abogados, odontólogos, ingenieros agrónomos, economistas, analistas en informática, agrimensores, y veterinarios, entre otros.
El decreto indica que la CGN, en acuerdo con la ONSC, procederá a eliminar las vacantes que cumplan con la condición establecida en las normas legales reglamentadas por este decreto, «dentro de los primeros 10 días hábiles del mes inmediato siguiente a la verificación de la vacante».
El decreto hace referencia al artículo 56 de la ley de Presupuesto de 2010, que prevé la supresión de «todas las vacantes de cargos y funciones del escalafón CO «Conducción» del Sistema Integrado de Retribuciones y Ocupaciones (SIRO), así como las vacantes de Director de División y Jefe de Departamento pertenecientes al sistema escalafonario de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986″.
Dicho artículo expresa que el crédito suprimido «será transferido a un objeto especial con destino a financiar asignación de funciones transitorias necesarias para su funcionamiento, y se destinarán posteriormente a financiar las funciones de conducción del nuevo sistema escalafonario resultante de la nueva carrera administrativa».
El decreto indica que la asignación de estas funciones administrativas se realizará por acto administrativo dictado por la Dirección General de Secretaria del ministerio, a propuesta del jerarca de la Unidad Ejecutora, con previo informe favorable de la ONSC, «pudiendo revocarse en cualquier momento, por el mismo procedimiento».
La propia ONSC se pronunciará en su informe en especial sobre la forma de selección para el cumplimiento de tales funciones y el monto retributivo a asignarse por las mismas, planteados por el organismo.