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SE APRUEBA EL AJUSTE DE REMUNERACIONES DE FUNCIONARIOS PÚBLICOS A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2014


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Publicado por en 15 enero, 2014 en Comisión Prensa y Propaganda

 

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La mitad de los asalariados gana menos de $ 14.000


Así lo indica un informe del PIT-CNT. Entre los funcionarios públicos el 20% gana menos de esa cifra. Son 490.000 los que ganan menos de $ 10.000.

Salarios Por Sectores 2012

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La mitad de los trabajadores del país gana menos de $ 14.000 al mes, según un informe del Instituto Cuesta Duarte del PIT-CNT, en base a datos divulgados por el Instituto Nacional de Estadística con cifras del año pasado.

En 2012, casi 800.000 ocupados percibieron remuneraciones líquidas por debajo de los $ 14.000 mensuales, lo que representa un 49,8% del total de ocupados. Entre ellos, casi 490.000 no alcanzaron los $ 10.000 de acuerdo al informe.

El Cuesta Duarte afirma que, pese a que los salarios reales llevan varios años de crecimiento ininterrumpido, estas cifras muestran la magnitud y profundidad del problema que representan los salarios sumergidos que, pese al buen desempeño económico de los últimos años, aún persiste en nuestra economía.

Mientras la mitad de los trabajadores privados tienen salarios sumergidos, menos de $ 14.000, un 20% de los públicos se encuentra en dicha franja.

http://www.subrayado.com.uy

 
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Publicado por en 19 junio, 2013 en Comisión Prensa y Propaganda

 

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Gobierno sin definir pautas salariales


SE MANTIENEN LAS DIFERENCIAS ENTRE ECONOMÍA Y TRABAJO

Los ministerios de Economía y Trabajo aún no se han puesto de acuerdo en los lineamientos para la negociación colectiva de medio año.

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El ministro de Trabajo en funciones, Nelson Loustanau, anunció la semana pasada que en la reunión del Consejo Superior Tripartito (CST) del lunes se darían a conocer los cambios. Sin embargo, los delegados sindicales y los representantes de las cámaras empresariales consultaron en esa reunión a los funcionarios de gobierno y no obtuvieron respuesta. De hecho las dos partes quedaron a la espera de la fijación de una fecha para analizar los cambios, pero eso no sucedió.

En su audición del jueves pasado, el presidente José Mujica llamó a que los próximos ajustes salariales sean «cautos» con los sueldos más altos y contemplen las remuneraciones más bajas. El Ministerio de Trabajo se afilió a esta postura y manejó distintas alternativas para incrementar los sueldos más deprimidos, entre ellas maneja la posibilidad de aplicar incrementos diferenciados por franjas salariales, algo que obligaría a abandonar el sistema de aplicación de aumentos por rama de actividad como hasta ahora. También analizan adelantar el aumento del salario mínimo nacional a $ 10.000 (en la actualidad es de $ 7.920) previsto para el comienzo del año 2015, dijo Loustanau a El País. Sin embargo, en Economía hay dudas sobre la posibilidad de aplicar los cambios y sus eventuales efectos en la inflación.

Mientras el gobierno evalúa los cambios en la negociación, están abiertas unas veinte mesas de diálogo. De cerrar antes que se presenten las modificaciones tendrían que fijar los aumentos sobre una base inflacionaria de 5% cuando el aumento de precios en el año cerrado en abril fue de 8,14%.

El lunes el Consejo Superior centró su actividad en la aprobación de su reglamento interno. Las cámaras de Industrias y Comercio votaron en contra en el entendido que mantienen una queja ante la OIT que incluye al Consejo Superior.

el pais.

 
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Publicado por en 15 mayo, 2013 en Comisión Prensa y Propaganda, Debate Abierto, Gobierno, INE, Informacion de interes, Negociación colectiva, PIT-CNT, Trabajo

 

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Salarios aumentaron 11,7% en un año


El Índice Medio de Salarios (IMS), que elabora mensualmente el Instituto Nacional de Estadística (INE), mostró un aumento en marzo de 0,29%. En los primeros tres meses del año dicho índice se incrementó 5,89%. Desde enero hasta marzo del 2013 los trabajadores asalariados vieron incrementado su poder de compra, según datos del INE. Según el organismo, los trabajadores que perciben un salario aumentaron sus ingresos en 5,89% en tres meses, frente a una suba de precios (que se mide a través del Índice de Precios al Consumo) de 3,59%.

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Esta relación también se da comparando los últimos doce meses cerrados a marzo, es decir, en la comparación entre marzo del 2012 y marzo del 2013. En ese período los salarios se incrementaron 11,77%, frente a una inflación de 8,54%.

Cabe destacar que el IMS se ve especialmente influido por los ajustes que ocurren a mitad o a principio de año, por lo que es normal que, a excepción de julio y enero, en los demás meses el aumento de los salarios sea menor a la inflación. Y esto ocurrió en marzo: el aumento de las remuneraciones a los asalariados fue de 0,29%, mientras que la inflación fue de 0,66%.

Públicos vs. privados

El aumento en marzo fue mayor para los trabajadores que efectúan su tarea en el ámbito privado, que aumentaron sus ingresos un 0,34% frente al 0,18% de sus pares en el sector público. En los doce meses cerrados a marzo la tendencia muestra lo mismo: los privados aumentaron los salarios 12,24%, mientras que los trabajadores públicos reciben un 10,97% más de remuneración. Pero lo opuesto sucede en el transcurso del año, en 2013 los empleados del sector público recibieron aumentos por el 8,53% de sus remuneraciones, frente a 4,55% de los empleados del sector privado.

diario la republica

 
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Publicado por en 2 mayo, 2013 en Comisión Prensa y Propaganda, INE, Informacion de interes, Noticias

 

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Proyecto de Ley que regula el Estatuto del Funcionario Público se envió al Parlamento


El Poder Ejecutivo remitió al Parlamento el proyecto de Ley que regula el Estatuto y la nueva carrera del Funcionario Público de la Administración Central. Entre otras cosas, se regulan los horarios, descansos, la carrera administrativa y las remuneraciones. Los nuevos funcionarios ingresarán y ascenderán solo por concurso y trabajarán 8 horas diarias; los actuales mantendrán su horario que no deberá ser menor de 6 horas.
Ingreso, horarios, descansos
Para el ingreso a la Administración Pública se propone un único sistema regulado y transparente que se realice a través de la ONSC —Uruguay Concursa— con mecanismos de selección públicos y abiertos. Superada la selección, se adjudicará un contrato de 18 meses al trabajador, lapso en el cual será evaluado de acuerdo a su desempeño. Una vez finalizado ese período se analizará si tiene la actitud y aptitud necesaria para ser funcionario público.
 
Las nuevas condiciones de trabajo y derechos establecen un régimen de 8 horas diarias y 40 horas semanales para los ingresos de funcionarios públicos y para las funciones de conducción. Los actuales funcionarios mantendrán su horario habitual de trabajo, que no podrá ser inferior a 6 horas diarias y 30 horas semanales.
 
En los feriados no laborales pagos, 1˚ de enero, 1˚ de mayo, 18 de julio, 25 de agosto y 25 de diciembre, los jerarcas podrán disponer del mantenimiento del servicio con guardias de personal. De igual modo se procederá en los feriados laborales y en la Semana de Turismo.
 
También se regula el descanso semanal, las horas a compensar, el trabajo nocturno, las tareas insalubres, las condiciones que determinan la reducción de la jornada, la comisión de servicio, la licencia anual reglamentaria y las licencias especiales.
 
Carrera administrativa
Entre los elementos centrales del estatuto se efectiviza el precepto de «a igual tarea igual remuneración».
 
A su vez se agruparán los cargos en tres escalafones y seis subescalafones: Servicios auxiliares y Oficios (incluye servicios auxiliares y calificados en oficio); Administrativo (administrativos) y Técnico y Profesional (calificado en técnicas terciarias, técnico universitario y profesional universitario). El acceso a cada nivel de escalafón y subescalafón deberá realizarse por concurso, no dando lugar a la antigüedad del funcionario.
 
También se consagra el instituto de la Rotación que permite asignar en el cargo distintas ocupaciones en función a las necesidades, disponer el traslado de cargos entre incisos o de una unidad ejecutora a otra. 
 
La conducción administrativa se define como una función separada de los cargos operativos a la cual se le asignan responsabilidades en el logro de metas específicas, y su continuidad se evalúa a través del cumplimiento de metas. El acceso deberá realizarse a través de un concurso y el funcionario que acceda a un cargo de conducción mantendrá su cargo operativo en reserva.
 
La nueva concepción realza la evaluación al desempeño que permite a la administración valorar a sus funcionarios, así como la contribución al cumplimiento de los objetivos de la organización a través de compromisos de gestión y metas operativas.
 
Remuneración
La remuneración se basará en dos conceptos: uno vinculado a la tarea que se desarrolla y otro vinculado a cómo la desarrolla. El primer grupo abarca el pago al cargo que se desempeña. Los complementos salariales serán percibidos solo en casos excepcionales y con carácter variable y coyuntural. Esta composición salarial tendrá carácter uniforme para toda la Administración Central.
 
El segundo concepto incorpora la posibilidad del pago de incentivos o complementos transitorios como premio al desempeño. Estarán asociados al rendimiento y fijados por períodos no superiores a un año, sujetos a ratificación.  
 
Sistema disciplinario
La innovación más destacada que incluye en estaturo refiere al sistema disciplinario abreviado, que le brinda a la administración la posibilidad de imponer sanciones menores (observaciones, amonestaciones y suspensiones) ante faltas leves.
 
La desvinculación del funcionario podrá deberse a destitución, renuncia, jubilación, edad, fallecimiento, inhabilitación y revocación de la designación. Asimismo se incorporan definiciones de los conceptos de ineptitud, omisión y delito, a fin de valorar las faltas graves o muy graves que pueden terminar con el cese del vínculo.
 
La ineptitud debe entenderse como falta de idoneidad, configurada con evaluaciones insatisfactorias al desempeño, durante dos períodos consecutivos, rechazo a la recapacitación o con tres o más faltas, en el lapso de un año.
 

La acumulación de diez inasistencias injustificadas en un año o cualquier conducta antijurídica y culpable, por la que el funcionario sea condenado penalmente, podrá ser causa de desvinculación funcional.

Ver Proyecto de Ley que regula el Estatuto y la nueva carrera del Funcionario Público de la Administración Central.

 
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Publicado por en 23 octubre, 2012 en Comisión Prensa y Propaganda, Funcionarios publícos, General, Gobierno, Informacion de interes, Leyes, Onsc, Parlamento, Resolución de Asamblea, Sindicato

 

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