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Salario del servicio doméstico aumentó 11%


DESDE EL 1° DE ENERO

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El salario mínimo nominal para el servicio doméstico aumentó, en promedio, 11% desde el 1° de enero.

Pasó a ser de 11.945 pesos por 44 horas semanales de trabajo y 25 jornales al mes, informa El Observador.

Según un comunicado de la Liga de Amas de Casa, que publica El Observador, los salarios de hasta 13.163 pesos mensuales o hasta 69 pesos por hora tendrán un aumento del 11,1%. Para los salarios de 13.163 pesos hasta 15.305, el aumento será del 10,6% y para los mayores a 15.305 el porcentaje de aumento será del 10%.

Los aumentos son retroactivos al 1° de enero de 2015.

http://www.espectador.com/economia/307581/salario-del-servicio-domestico-aumento-11

 
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Publicado por en 19 enero, 2015 en Comisión Prensa y Propaganda

 

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Salario mínimo del servicio doméstico es de $10.745,12 al mes


El Grupo del Consejo de Salarios N.° 21: Servicio Doméstico fijó el salario mínimo para el sector en $10.745,12 mensuales, lo que equivale a $56,53 la hora.

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A su vez fijó un aumento del 12,58% para la primera franja salarial, un aumento de 11,77% para la segunda franja y 10,95% para la tercera franja. Estos aumentos rigen desde el 1° de enero y tienen vigencia hasta el 31 de diciembre de 2014.

El 20 de enero de 2014 se reunió el Consejo de Salarios del Grupo N.° 21: Servicio Doméstico, con el objetivo de fijar el porcentaje de ajuste de los salarios mínimos correspondiente a 2014, el cual regirá entre el 1° de enero de 2014 y el 31 de diciembre. 

En consecuencia, dicho salario se fijó en $10.745,12 mensuales (por 44 horas semanales de trabajo y 25 jornales en el mes), lo que equivale a $56,53 la hora.

La resolución del Consejo instituyó que para la primera franja salarial (salarios de $ 11.692 o $ 61,51 por hora) se estableció un porcentaje de aumento de 12,58%; en tanto para la segunda franja (salarios de $11.692 y hasta $13.693,37 o $ 72,04 por hora) se estableció un porcentaje de aumento del 11,77%.

Finalmente para la tercera franja (salarios mayores a $13.693,37 o $72,04 por hora) se dictaminó un porcentaje de aumento del 10,95%.

Los respectivos ajustes fueron resultantes de la acumulación del Índice de Precios del Consumo (IPC) y el crecimiento. 


Uruguay, Montevideo
Unoticias
HGS

 
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Publicado por en 22 enero, 2014 en Comisión Prensa y Propaganda

 

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Domésticas deben cobrar prima por presentismo


SERÁ DOS VECES POR AÑO; EQUIVALE A CUARTO MEDIO AGUINALDO

A partir de la firma del último convenio colectivo en el sector doméstico, se creó una prima por presentismo, vigente desde el mes pasado y que se liquidará dos veces por año en las mismas oportunidades que el aguinaldo.

domesticasPara calcular la prima se suman los salarios del semestre (junio a noviembre y diciembre a mayo), se dividen entre 12 y luego nuevamente entre cuatro. De esa manera quedará calculada la prima por presentismo en su valor nominal a la cual se le aplicarán los descuentos por los aportes a la seguridad social y también el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF). En este primer caso, se sumarán únicamente las retribuciones nominales de abril y mayo y se le realizarán las dos divisiones correspondientes.

El pago extra le corresponde a los trabajadores del sector que hayan tenido asistencia perfecta durante el semestre. Para lograr esa asistencia perfecta, el empleado no tiene que haber faltado a su trabajo salvo en ocasiones que las inasistencias sean por enfermedad debidamente comprobada, ejercicio del derecho de huelga, licencia anual reglamentaria o licencias especiales.

Ramón Ruiz, integrante de la representación de los trabajadores en el Banco de Previsión Social (BPS), explicó a El País que para acceder a la prima por presentismo no existe un mínimo de días trabajados al mes, ya que para su pago se tomará en cuenta la cantidad de jornales que figure en el contrato entre el empleador y el trabajador.

Incluso, puede ocurrir que un empleado que tenga más de un trabajo pierda el beneficio en uno de ellos por haber faltado, pero lo cobre en otro por no haberlo hecho. El BPS señaló en un comunicado que en caso que al trabajador no le corresponda el pago de prima por presentismo por registrar inasistencias no contempladas en las excepciones mencionadas, se sugiere que el empleador verifique que las faltas hayan sido correctamente documentadas en los recibos de sueldos.

En el caso que al trabajador le corresponda la prima, el empleador no deberá realizar trámite alguno ante el BPS, ya que la oficina calculará en forma automática los aportes que corresponden a esa partida, tomando como base de cálculo los salarios nominales que constan en su sistema informático. Sin embargo, en caso de no tener que realizar el pago de la prima, el empleador deberá declararlo ante el BPS. Para ello los empleadores tendrán hasta el viernes 21 de este mes para comunicarlo a través de la web http://www.bps.gub.uy o del correo electrónico: ServicioDomésticoNoPresentismo@bps.gub.uy

 
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Publicado por en 4 junio, 2013 en Apoyo, BPS, Comisión Prensa y Propaganda, Informacion de interes, PIT-CNT, Reinvindicaciones, Sindicato, Trabajo

 

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